Funciones de celador, TCAE y auxiliar administrativo en Osakidetza: qué dice la norma
Las funciones de celador y de TCAE no están en el Estatuto Marco ni en las bases de la OPE: siguen escritas en dos órdenes ministeriales de 1971 y 1973 que la Ley 55/2003 derogó, pero cuyas listas de funciones mantiene en vigor de forma transitoria.
Por eso circulan versiones contradictorias por foros y academias: unas citan normas derogadas sin decirlo y otras las dan por desaparecidas.
Aquí está lo que dice cada texto, con su artículo, y qué ocurre con el auxiliar administrativo, que no tiene una lista equivalente.
Índice de contenidos
De dónde salen las funciones de cada categoría
La Ley 55/2003, del Estatuto Marco, derogó en su disposición derogatoria única los tres estatutos preconstitucionales del personal de la Seguridad Social: el médico de 1966, el del personal sanitario no facultativo de 1973 y el del personal no sanitario de 1971.
Pero su disposición transitoria sexta.1.b) dejó una excepción decisiva: se mantienen vigentes «las disposiciones relativas a categorías profesionales del personal estatutario y a las funciones de las mismas» contenidas en esas normas, en tanto se procede a su regulación en cada servicio de salud.
- Celador: Estatuto de Personal no Sanitario, aprobado por Orden de 5 de julio de 1971 (BOE de 22 de julio), artículo 14.
- TCAE: Estatuto del Personal Auxiliar Sanitario Titulado y Auxiliar de Clínica, aprobado por Orden de 26 de abril de 1973, artículos 74 a 78.
- Auxiliar administrativo: ninguna de las dos normas le dedica una lista de funciones comparable; su contenido se perfila en las bases y el temario de la categoría.
Qué clase de personal es cada uno
El Estatuto Marco divide al personal estatutario en dos grandes bloques, y las tres categorías no caen en el mismo.
La TCAE es personal estatutario sanitario de formación profesional, en el escalón de técnicos (artículo 6.2.b). El celador y el auxiliar administrativo son personal de gestión y servicios: desempeñan funciones que la ley define expresamente como no sanitarias (artículo 7.1).
Dentro de gestión y servicios, el artículo 7.2 distingue por titulación: formación profesional para el auxiliar administrativo y «otro personal» —categorías en las que se exige la Educación Secundaria Obligatoria o equivalente— para el celador, que en Osakidetza pertenece al grupo profesional de Subalternos/as-Operarios/as, grupo E.
Esta diferencia no es papeleo: es la que explica por qué una TCAE puede colaborar en la administración de medicamentos y un celador no, aunque los dos trabajen en la misma planta y muevan al mismo paciente. La categoría no describe lo que sabes hacer, sino lo que la norma te permite hacer.
Qué hace un celador
El artículo 14 del Estatuto de 1971 enumera veintitrés funciones del celador. Agrupadas por bloques, son estas.
Fíjate en que la mayoría no son de vigilancia, que es la idea que más circula:
- Traslado de pacientes: dentro de la institución y en el servicio de ambulancias, y ayudar a enfermería a mover a los pacientes encamados que requieran un trato especial.
- Vigilancia y orden: controlar las entradas, no permitir el acceso a quien no esté autorizado, vigilar el comportamiento de pacientes y visitantes, procurar el mayor orden y silencio y encargarse de la vigilancia nocturna del edificio.
- Transporte de cosas: tramitar o conducir sin tardanza comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos, y trasladar aparatos o mobiliario entre servicios.
- Aseo en supuestos tasados: lavar y asear excepcionalmente a los pacientes masculinos encamados, bañarlos cuando no puedan hacerlo por sí mismos, rasurar la zona antes de una intervención si no está el peluquero, y ayudar con las cuñas cuando la enfermera no pueda sola.
- Quirófano y mortuorio: auxiliar en las labores propias del celador destinado en quirófano; ayudar a amortajar y trasladar el cadáver al mortuorio; ayudar en las autopsias en funciones auxiliares y limpiar la mesa y la sala.
- Guardias, ascensor y animalario: hacer los servicios de guardia del turno, servir de ascensorista cuando se le asigne y cuidar de los animales de quirófanos experimentales y laboratorios.
Lo que no le corresponde al celador
- No informa del estado del paciente. Debe abstenerse de comentar con familiares y visitantes los diagnósticos, exploraciones y tratamientos, y mucho menos el pronóstico: tiene que orientar la consulta hacia el médico responsable.
- No usa instrumental en las autopsias. Ayuda solo en las funciones auxiliares que no requieran manejar instrumental sobre el cadáver.
- No administra medicación ni realiza técnicas de enfermería. Sus tareas junto al paciente son de movilización, traslado y aseo en los supuestos tasados, siempre siguiendo las indicaciones del personal de enfermería.
- La limpieza no es su función ordinaria: la norma la contempla como excepción, para casos concretos por el emplazamiento, la dificultad de manejo o el peso de los objetos.
Qué hace una TCAE
El Estatuto de 1973 la llama «auxiliar de clínica» y define su papel en el artículo 74: le corresponde ejercer, en general, los servicios complementarios de la asistencia sanitaria en aquellos aspectos que no sean competencia del personal sanitario titulado, dependiendo de la Jefatura de Enfermería y de la dirección del centro.
El artículo 75 detalla sus funciones en los servicios de enfermería, y los artículos 76 a 78 las de quirófano y esterilización, tocología y radioelectrología.
- Medicación, con un límite tajante: por indicación del personal sanitario titulado colabora en la administración de medicamentos por vía oral y rectal, con exclusión de la vía parenteral, y puede aplicar enemas de limpieza salvo en pacientes graves.
- Cuidados básicos: hacer las camas —salvo cuando por el estado del paciente corresponda a enfermería, en cuyo caso ayuda—, el aseo y la limpieza del paciente, y llevar y retirar las cuñas cuidando su limpieza.
- Alimentación: recibir y distribuir los carros de comida, servir las comidas y dar de comer a quien no pueda hacerlo solo, salvo en los casos que requieran cuidados especiales.
- Material y lencería: limpiar los carros de curas y su material y clasificar y ordenar la lencería de planta a efectos de reposición.
- Colaboración supervisada: el resto de sus tareas las realiza colaborando con el personal sanitario titulado y bajo su supervisión.
Las tres categorías, comparadas
| Categoría | Qué clase de personal es | Norma que describe sus funciones |
|---|---|---|
| Celador/a | Gestión y servicios. En Osakidetza, grupo profesional de Subalternos/as-Operarios/as (grupo E) | Orden de 5 de julio de 1971, art. 14: 23 funciones |
| TCAE | Personal sanitario de formación profesional (técnicos), art. 6.2.b de la Ley 55/2003 | Orden de 26 de abril de 1973, arts. 74 a 78 |
| Auxiliar administrativo/a | Gestión y servicios, formación profesional, art. 7.2.b de la Ley 55/2003 | Sin lista propia en norma estatutaria: bases y temario de la categoría |
El auxiliar administrativo: la categoría sin lista de funciones
Con el auxiliar administrativo pasa algo distinto: no existe un artículo que enumere sus funciones como el 14 del Estatuto de 1971 o el 75 del de 1973.
Lo que hay es una definición por exclusión —personal de gestión y servicios, es decir, funciones que no tienen carácter sanitario— y un contenido que se perfila en las bases y el temario de la categoría: procedimiento administrativo, gestión documental, historia clínica, protección de datos y atención a la ciudadanía.
Ahí está también su requisito más característico, que no comparten las otras dos: la IT Txartela.
Qué significa esto para tu examen
En el examen de Osakidetza las preguntas no salen de resúmenes: salen de la batería oficial, construida sobre la bibliografía que fija cada convocatoria.
Por eso conviene distinguir dos planos. Las funciones «clásicas» de celador y TCAE vienen de los estatutos de 1971 y 1973; el manual de organización de celadores y la normativa vasca son lo que Osakidetza cita como bibliografía propia. Comprobar de dónde sale cada afirmación es la única forma de no memorizar un apunte equivocado.