Tipos de proceso selectivo: oposición, concurso-oposición y concurso
No todas las oposiciones funcionan igual: existen tres sistemas de acceso al empleo público (oposición, concurso-oposición y concurso) y saber cuál rige tu convocatoria cambia por completo cómo debes prepararte.
La diferencia está en cuánto pesan el examen y tus méritos.
En esta guía te explicamos cada sistema, qué los distingue y qué turnos existen, con su base legal en el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
Índice de contenidos
La base legal: los principios de mérito y capacidad
El acceso al empleo público en España se rige por el artículo 103.3 de la Constitución, que exige respetar los principios de mérito y capacidad.
El Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) concreta los sistemas selectivos en su artículo 61.
Todos comparten los mismos principios: igualdad, transparencia, imparcialidad del tribunal y objetividad de las pruebas.
Oposición
La oposición es el sistema más habitual y se basa exclusivamente en superar pruebas: no se valoran méritos previos.
Los aspirantes se ordenan según su calificación en los ejercicios, y obtienen plaza quienes logran las mejores notas dentro del número de plazas convocadas.
Las pruebas pueden incluir:
- Exámenes teóricos (test o desarrollo) sobre el temario.
- Pruebas prácticas, según el puesto.
- En algunos cuerpos: pruebas físicas, psicotécnicas o entrevistas.
Concurso-oposición
El concurso-oposición combina dos fases: una de oposición (las pruebas) y otra de concurso (la valoración de méritos como experiencia, formación y euskera).
Es el sistema de la OPE de Osakidetza y de buena parte de las convocatorias sanitarias. Si te presentas a ella, en la guía del baremo de méritos de Osakidetza tienes los puntos exactos de cada apartado.
Concurso
En el concurso, el acceso se determina únicamente por los méritos aportados, sin examen.
Es el sistema más excepcional: el TREBEP solo permite acceder por concurso puro con carácter excepcional y cuando una ley lo prevea.
Comparativa de los tres sistemas
| Sistema | Qué evalúa | Cuándo se usa |
|---|---|---|
| Oposición | Solo pruebas (examen) | El más habitual en acceso libre |
| Concurso-oposición | Pruebas + méritos | Sanidad y muchas convocatorias (p. ej. Osakidetza) |
| Concurso | Solo méritos | Excepcional: estabilización, algunas promociones |
Turno libre y promoción interna
Además del sistema, las plazas se reparten en turnos, y conviene no confundirlos.
- Turno libre: abierto a cualquier persona que cumpla los requisitos de la convocatoria (edad, nacionalidad, titulación).
- Promoción interna: reservado a empleados públicos que ya pertenecen a la administración y quieren ascender de grupo o escala, normalmente con un mínimo de antigüedad (habitualmente dos años).
Procesos ordinarios y procesos de estabilización
- Procesos ordinarios: cubren plazas por reposición (jubilaciones), nueva creación o ampliación de plantilla. Suelen ser oposición o concurso-oposición.
- Procesos extraordinarios (estabilización): buscan convertir plazas temporales en fijas para reducir la temporalidad, al amparo de leyes como la Ley 20/2021. Suelen usar concurso o concurso-oposición.
Cómo saber qué sistema rige tu oposición
La respuesta está siempre en un único sitio: las bases de la convocatoria.
Las bases son el documento jurídicamente vinculante que define el sistema, los turnos, las pruebas y el baremo de cada proceso.
Antes de empezar a preparar nada, lee las bases de tu convocatoria y confirma qué sistema y turno te aplican.